5 consejos para reclamar una indemnización de seguro por atropello

¿Cómo puedo reclamar una indemnización de seguro por atropello?

Los accidentes de tráfico son una constante en nuestro día a día, y si se tiene la mala suerte de verse implicado en uno de estos incidentes es muy probable que no sepamos cómo actuar. Una de las preguntas más frecuentes es la relativa a los atropellos en ciudad; ¿qué derechos tiene la persona atropellada y cómo puede reclamar una indemnización del seguro? A continuación, os daremos unos cuantos consejos para que tanto tú como tus familiares sepan qué hacer en caso de verse en esta situación.

1. ¿Necesito asesoría legal?

El principal consejo que debes seguir en caso de atropello, ya sea propio o de un familiar, es el de contar con un profesional especializado en el área de atropellos y accidentes de tráfico para que te asesore con toda la información necesaria para poder obtener la máxima compensación posible, lo que corresponde a una indemnización por accidente de tráfico.

Hay que tener en cuenta que, en este tipo de accidentes, es normal que entren en juego muchas variables, lo que hace que las compensaciones económicas que se obtienen varíen en función de la información aportada. Además, también hay que tener en cuenta que depende de cuánto tardan en pagar una indemnización por accidente de tráfico.

Por ejemplo, algo que es necesario tener en cuenta a la hora de solicitar una indemnización seguro es aportar el máximo de datos posibles relativos al accidente. Tanto si hubo testigos que presentaron el atropello, como si alguien tomó fotos del lugar de los hechos (huellas de ruedas o derrapes, estado de objetos personales), etc. Cualquier información es relevante, pues nos servirá para afianzar nuestra reclamación y para la posterior valoración del seguro de coche. Por esa razón, contar con asesoría legal nos ayudará en gran medida en saber qué pasos dar.

2. ¿Cuándo puedo reclamar una indemnización?

En la mayoría de los casos, un peatón puede reclamar una indemnización por atropello siempre y cuando el accidente no se haya producido de manera que la propia víctima haya propiciado la situación sin dar tiempo de reacción al conductor. En el resto de los casos siempre existe el derecho a solicitar una compensación económica, aunque en cualquier caso se examinarán las circunstancias que rodearon al accidente y se evaluará el grado de culpabilidad de los implicados para poder valorar si es necesario recurrir a un seguro de invalidez, en algunos casos.

En caso de que el peatón haya padecido lesiones y/o perjuicios de tipo psicológico y/o estético, así como en caso de deceso, se tiene derecho a optar a una compensación. Dependiendo de la gravedad de los mismos, así como de otros factores como por ejemplo el tiempo de rehabilitación o las pérdidas económicas en gastos médicos, la indemnización será más elevada o baja.

3. ¿Qué tipos de accidentes dan derecho a indemnización?

Son muchas y muy variadas las situaciones que pueden dar como resultado una demanda de indemnización del seguro por parte de un atropellado. Entre ellas podemos encontrar las típicas, como los sucedidos en pasos de peatones, semáforos en ámbar para los vehículos o calles estrechas o semi-peatonales.

También pueden deberse a dificultades de visibilidad ocasionadas por neblina o lluvia, mientras que otros pueden suceder en emplazamientos como paradas de autobús sin marquesina o en plenas maniobras de estacionamiento de vehículos. Tal y como hemos mencionado más arriba, cada caso es diferente e implica la valoración del conjunto de circunstancias para valorar el monto de la indemnización del seguro.

Cabe destacar en muchas ocasiones, también se puede reclamar indemnización al seguro por atropello incluso cuando la culpa no es total del conductor. Por ejemplo, si circulas por un lugar indebido, también puedes reclamar una compensación, porque aunque tú no estés circulando por donde se debe, si tienes lesiones es a causa de que el conductor tampoco circulaba a la velocidad que debía. En estos casos, la indemnización se ve reducida.

4. ¿Qué puedo reclamar tras el accidente?

Dependiendo de los daños que haya sufrido la persona afectada (físico, estético y/o psicológico), así como el grado de su gravedad, la compensación irá al alza o a la baja. No solamente entra en juego la propia gravedad de las lesiones, sino también el tiempo necesario de rehabilitación o las secuelas del accidente (y cómo repercutirán en la vida de la persona afectada).

Uno de los factores que son tenidos en cuenta a la hora de valorar el monto de la retribución es la de la víctima; a efectos de indemnización del seguro no es lo mismo si quien sufre el accidente es una persona joven o un anciano. También se pueden reclamar las pérdidas materiales sufridas en el accidente: malogramiento de la ropa y/o complementos, rotura de objetos que la persona afectada llevara encima… Eso sí, se tendrá que presentar documentación relativa a todo ello para poder solicitar la retribución.

5. ¿Puedo cobrar una indemnización por daños psicológicos?

Existen una serie de secuelas de un accidente de estas características que pueden ser de naturaleza no tangible, pero igualmente indemnizables debido a sus consecuencias sobre la persona afectada. Algunos de estos daños psicológicos pueden incluir desde depresión hasta ansiedad, pasando por la aparición de fobias o incluso el sufrimiento debido al fallecimiento de la persona atropellada (en el caso de los familiares).

Factores del Baremo a tener en cuenta para indemnización de atropello

Si has sufrido un atropello con lesiones y te gustaría saber cuál es la inmediación del seguro que te corresponde, hay que tener en cuenta varios factores.

  1. En primer lugar, es necesario saber cuál es la duración del tiempo de reposo por la lesión ocasionada. Obviamente, cuando la recuperación se trata de mayor tiempo, la recompensa es mayor. Se estima que por cada día son unos sesenta euros.
  1. Los días de hospitalización también es un factor clave para calcular la cuantía de la indemnización del seguro.
  1. Incapacidad de trabajar. Como su propia palabra indica, significa cuando una persona que ha sufrido alguna lesión le impide asistir y realizar las tareas que supone su puesto de trabajo.
  1. Incapacidad permanente. En esta ocasión, la incapacidad va más allá y es más grave. Supone una total invalidez después de haber recibido tratamiento médico.
  1. Daños morales o daños psicológicos.
  1. Perjuicio estético. En este caso, la lesión solo afecta a la parte estética del cuerpo, es decir, no afecta a la parte funcional del ser humano.
  1. Perjuicio económico. En algunas ocasiones, un atropello puede afectar a la economía del afectado, como por ejemplo, si este es autónomo y no recibe ayudas ni puede asistir a su puesto de trabajo.

Consorcio de Compensación de Seguros: ¿Cómo reclamar una indemnización?

El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) es una entidad pública del Estado español, adscrita al Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Este organismo es el que se encarga de indemnizar los daños producidos en un accidente, siempre y cuando, a condición de que los implicados estén suscritos bajo un seguro.

Es necesario destacar que el Consorcio de Compensación de Seguros no compite con las aseguradoras privadas ya que no dispone de carácter comercial. Solo se puede contratar la parte aseguradora del consorcio en caso d, al menos, dos aseguradoras privadas hayan rechazado el automóvil como cliente. Es decir, que los riesgos que se pretenden asegurar no sean válidos para estas empresas.

Tanto la asegura como el propio afectado por el accidente pueden acudir al consorcio de compensación de seguros para pedir información. Para solicitar la indemnización es muy sencillo, solo basta con acudir a la web del consorcio de compensación de seguros o por vía telefónica. Si no es posible, también cabe la posibilidad de hacerlo por escrito dirigido a la Delegación Regional del Consorcio.

Los criterios por los cuales el Consorcio de Compensación de Seguros indemnizará a un afectado a o no, serán los mismos por los que se rige la propia aseguradora. Es decir, el CCS tendrá en cuenta los mismos bienes, el mismo capital asegurado y el resto de condiciones anteriormente establecidas.

Una de las prácticas más útiles del Consorcio si ha sufrido un accidente y has sido tú el lesionado, es poder saber la aseguradora del coche que ha causado el siniestro. Esto se puede hacer gracias al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA) que gestiona este organismo.

En él podrás saber la información más relevante del automóvil que causó el accidente para poder reclamarlo a la indemnización del seguro: matrícula, código identificativo de la marca y modelo del vehículo, fecha de inicio de la vigencia y fecha de finalización del periodo de seguro en curso.

Lo más recomendable a la hora de tener en accidente como un atropello es acudir al médico. Ten en cuenta que si pasan más de 72 horas desde el accidente, las lesiones que puedas tener ocasionadas no se tomarán en cuenta como causa del mismo y no constarán en la indemnización del seguro.

Si necesitas un seguro o simplemente información sobre cualquier tipo de coberturas de segura, ponte en contacto con nosotros y te atenderemos encantados.

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