Seguros de Alquiler

Cada día hay más personas que alquilan a terceros su vivienda. El alquiler es la opción más demandada entre los jóvenes, pues muchos no pueden optar a la compra de una casa. Algunos propietarios tienen el miedo de alquilar su piso y acabar sufriendo una mala experiencia con el impago de la renta.

Tener un seguro de impago de alquiler es muy importante, ya que te permitirá poder alquilar tu casa y tener seguridad ante posibles problemas que puedan suceder con tus inquilinos. Esta alternativa se utiliza cada vez más, porque sirve para agilizar el mercado y permitir acceso a una vivienda a arrendatarios con una capacidad económica inferior.

¿Qué documentación entregar?

Con el seguro de impago, la aseguradora lo que hace es asumir el riesgo de impago de las rentas del alquiler. Para ello, la compañía necesita realizar un estudio de viabilidad del candidato, en él se analizan los ingresos que obtiene el inquilino y se comparan con la renta mensual de alquiler, en la que no puede superar el 45%.

Se revisan los ficheros públicos de morosidad para verificar si nos encontramos frente a un mal pagador. También necesitamos solicitarle al inquilino una documentación:

Inquilino que trabaja por cuenta ajena:

Se necesitan las dos últimas nóminas. Aparecerán los ingresos con los que la aseguradora averigua si supera o no el ratio del 45% y se ve la antigüedad del trabajador en la empresa, ya que exige una antigüedad mínimo de un año o contrato indefinido con el periodo de prueba superado.

Inquilino autónomo:

Se necesita declaración de la renta y dos últimos trimestres de IVA.

Inquilino jubilado:

Necesita aportar una certificación de la seguridad social que acredite su situación de pensionista y el importe que recibe de pensión.

¿Qué cubre el seguro de alquiler?

Defensa y reclamación del contrato de alquiler

La empresa aseguradora se compromete a reclamar los derechos del propietario, vía judicial, en todos los conflictos que estén relacionados con el contrato de arrendamiento. También se incluye el juicio de desahucio por falta de pago de las rentas o por obras no consentidas por el casero. El seguro ampara también las rentas impagadas, siempre y cuando el alquilado no sea insolvente según declaración judicial

Defensa de derechos relativos al inmueble

Se garantiza la defensa de los derechos del asegurado como del inmueble designado en la póliza, en determinados casos, siendo los más frecuentes:

  • La reclamación a vecinos incumplir las normas relativas a emanaciones de humos o gases, higiene, ruidos persistentes y actividades molestas, nocivas o peligrosas.
  • La defensa y reclamación en los conflictos con sus vecinos vistas o lindes.
  • La defensa y reclamación frente a la comunidad de propietarios del inmueble en que se halle la vivienda o local incluida en póliza, siempre que esté al corriente de pago.

Defensa de la responsabilidad penal

Excluyendo casos en los que el asegurado haya realizado determinadas acciones de forma voluntaria declaradas por sentencia judicial, la aseguradora prevé al usuario de la defensa de la responsabilidad penal del asegurado como arrendador del inmueble asegurado.

Impago de alquileres

Cuando se produce una situación de impago, el arrendador tiene que notificarlo lo antes posible a la compañía para que inicie los trámites de desahucio, y si notificas pasados 45 días, la aseguradora no se hace responsable del adelanto de la renta

El coste de estos seguros se suele situar entre el 3% y el 5% de la renta anual, lo que significa que para un piso que su precio mensual sea de 800€ al mes, el precio rondaría entre los 288 – 480 euros al año.

Aseguradoras

Tenemos la mayor oferta de seguros de alquiler, encuentra lo que buscas al mejor precio