¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros, y qué funciones tiene?

Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública encargada de garantizar una indemnización frente a siniestros que las compañías de seguros no cubren, y también asegura coberturas necesarias a quienes han sido rechazados por las aseguradoras.

Existen una serie de riesgos extraordinarios que las compañías de seguros no cubren como son catástrofes naturales, atentados, o daños provocados por intervención de las fuerzas de seguridad y cuerpos del estado, y precisamente para cubrir ésta carencia se creó ya hace muchos años el Consorcio de Compensación de Seguros.

Con la contratación de determinadas pólizas como multi-riesgos del hogar o vehículos, realizas una doble contratación, en la que aparece una cantidad destinada al fondo económico con que cuenta ésta institución para hacer frente a la indemnización seguro de riesgos excluidos por las compañías aseguradoras privadas.

Competencias del Consorcio de Compensación de Seguros

Competencia como aseguradora:

En los casos en que las compañías privadas rechazan la solicitud de un seguro que un determinado sujeto está obligado a realizar para cubrir su responsabilidad civil, el Consorcio seguros generales actúa como asegurador directo, emitiendo la necesaria póliza y cobrando la correspondiente prima.

Este tipo de casos se suele dar en la contratación de coches, motos y otros vehículos a motor.

También el Consorcio asegura vehículos oficiales de distintos organismos públicos.

Funciones de Coaseguradora y Reaseguradora agraria

Con funciones de reaseguradora obligatoria y peritaje por siniestros, participando con un porcentaje del 10% del riesgo asumido en Seguros Agrarios Combinados.

También el Consorcio seguros funciona como coasegurador para coberturas de daños producidos por contaminación accidental del medio ambiente.

Cobertura para indemnización por siniestros de carácter extraordinario:

En éste sentido el Consorcio general de seguros se encarga de cubrir costes de daños que no se encuentran amparados en el condicionado de las pólizas por parte de las aseguradoras privadas, siempre y cuando se encuentren al corriente de pago de primas, con póliza en vigor, y se cumplan todas las condiciones establecidas por ésta entidad para generar el derecho a una determinada indemnización.

El Consorcio de Compensación de Seguros además de indemnizar por los siniestros que afectan a las personas o sus bienes, también cubre cantidades estimadas por las pérdidas económicas que producen los siniestros en actividades productivas.

Para poder solicitar una indemnización del Consorcio de Seguros como consecuencia de siniestros extraordinarios, hay que tener contratada una póliza con una compañía privada, vigente en el momento de los hechos y al corriente de pago, además de haber superado el período de carencia.

Competencias como fondo de garantía:

El Consorcio de Compensación de Seguros en éste sentido actúa de dos formas:

  • Garantizando la indemnización seguro, a los perjudicados por insolvencia de su compañía aseguradora, en los casos de disolución, quiebra o suspensión de pagos.
  • Compensando los daños a personas y bienes, producidos por vehículos desconocidos, vehículos robados correctamente asegurados o conductores culpables sin seguro.

Función liquidadora de aseguradoras privadas

Entre las funciones del Consorcio de compensación de Seguros encargadas por el Ministerio de Economía, está la de actuar como organismo liquidador de aseguradoras, realizando las funciones de intervención en suspensiones de pagos y dirigiendo, administrando y actuando como depositario en las declaraciones de quiebra.

Riesgos extraordinarios cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros

El Consorcio nacional de Seguros actúa ante los siguientes tres riesgos tipificados y excluidos dentro de los seguros en general:

  1. El Consorcio de Compensación de seguros, indemniza a los tomadores de pólizas que sufran daños catastróficos producidos por fenómenos naturales. En éste apartado se incluyen los movimientos sísmicos, terremotos, maremotos, caída de meteoritos, huracanes, tornados, y una de las causas más frecuentes de siniestros en nuestro país que es el riesgo de inundación por lluvias torrenciales o desbordamiento de ríos. Sin embargo el Consorcio compensación seguros no indemniza los supuestos de inundaciones producidas por rotura de presas, o procedentes de alcantarillas y otras canalizaciones, ni los daños como consecuencia de lluvia sobre un bienes asegurados.
  2. También el Consorcio de seguros se encarga de cubrir los daños provocados por situaciones de violencia: en los que se incluyen los daños provocados como consecuencia de atentados terroristas, motines u otro tipo de revueltas populares.
  3. Por último, el Consorcio de Compensación también indemniza por los daños y perjuicios producidos como consecuencia de la intervención de las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad del Estado en tiempos de paz.

Y ahora que ya sabes qué es y cómo funciona el Consorcio de Compensación de Seguros, desde mp mipóliza.es, te aconsejamos revisar tu póliza para comprobar que realmente estás asegurado con coberturas para riesgos extraordinarios.

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